T-047 de 2008
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Fremi Enrique Osorio Lozano·Demandado Oficina Del Alto Comisionado Para La Paz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance y contenido
- Hecho superado por cuanto se resolvió la petición solicitada y se le pagaron las cuotas de ayuda humanitaria adeudadas
- Solicitó la ayuda humanitaria y no se la dan por inconsistencias con su cédula de ciudadanía
- Resolución de fondo sobre la doble cedulación del accionante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion y minimo vital de desmovilizado que solicito la cancelacion de dos cuotas de la ayuda humanitaria de que es beneficiario, las cuales no fueron otorgadas por inconsistencias relacionadas con su cedula de ciudadania.
Solicita se ordene el desembolso de la ayuda humanitaria.<br>derecho de peticion.
Reiteracion de jurisprudencia.
Hecho superado por haberse reactivado el desembolso de la ayuda humanitaria requerida.<br>carencia actual de objeto
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Por presentarse hecho superado, CONFIRMAR la sentencia del 18 de mayo de 2007, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, en la tutela del ciudadano Fremi Enrique Osorio Lozano.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación prevista por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.