T-016 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Stella Quiroga Paez·Demandado Cajanal Eice
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental
- Términos para resolver
- Recuento sobre la situación particular
- Resolución recurso de reposición sobre reconocimiento de pensión de jubilación
- Núcleo esencial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Petición.
La accionante solicita que se de respuesta de fondo a la petición presentada ante la entidad accionada desde febrero de 2009.
La Sala se pronuncia sobre la procedibilidad de la acción de tutela para proteger el derecho de petición, el plazo para resolver las peticiones por parte de las entidades que prestan el trámite y reconocimiento de obligaciones pensionales y la situación particular de CAJANAL, se concluye que no existe justificación alguna del proceder de la entidad accionada, por lo tanto se ordena dar respuesta a la petición, de forma clara y precisa.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior del distrito judicial de Manizales el 4 de agosto de 2009 mediante la cual se confirmo la sentencia del Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Manizales del 17 de julio 2009, por las consideraciones expuestas en esta providencia y en su lugar CONCEDER el amparo deprecado.
- Segundo. TUTELAR el derecho fundamental de peticion de la ciudadana STELLA QUIROGA PAEZ y, en consecuencia, ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision Social CAJANAL EICE en Liquidacion resolver el recurso de reposicion, de forma clara y precisa, dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia.
- Tercero. LIBRAR por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.