T-005 de 2009
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Belkis Del Carmen Truyol Charris·Demandado Empresa Red Especializada En Transporte (Redetrans)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos fácticos que deben demostrarse
- No se desconoció ya que está plenamente demostrado que la causa de terminación del contrato fue la decisión de no prorrogar el contrato y en ese momento no se conocía el embarazo de la acciona
- Protección constitucional especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la estabilidad laboral reforzada de ex trabajadora de la empresa accionada que fue despida pese a su estado de embarazo. <br>se recordó que para que proceda la tutela como amparo transitorio en estos eventos, es menester que: (i) el despido se ociasione en la época del embarazo o dentro de los tres mese siguientes al parto; (ii) el empleador conociera del estado de gravidez de la trabajadora; (iii)el despido sea consecuencia del embarazo; (iv)no medie autorización expresa de la autoridad del trabajo y (v)el despido amenace el mínimo vital de la accionante y su hijo o hija. <br>estudiado el acevo probatorio, se determinó la impocedencia del amparo en el caso en cuestión debido a que: (i) no se probó que el empleador conociera el estado de gravidez de la demandante y (ii)que la causa de la no prórroga fuera el embarazo. <br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Diecisiete Civil Municipal de Barranquilla el 14 de julio de 2008 dentro de la acción de tutela instaurada por Belkis del Carmen Truyol Charris contra la empresa Red Especializada en Transporte (REDETRANS).
- Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.