Micelio
Sentencia de Unificación5 de noviembre de 1998Sala Plena

SU- de 1998

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante David Alonso Ruiz Olaya

Tema · dato duro
Der. A La Educacion. Der. Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Cabello Largo Y Uso De Arete. Idem. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Ejercicio limitado por el orden jurídico en comunidad educativa
  • Imposición de patrones estéticos excluyentes en institución educativa
Educacion
  • Alcance
  • Valores y usos sociales
  • Papel del educador
Establecimiento Educativo
  • No puede imponer patrones estéticos excluyentes
Reglamento Educativo
  • Corte de cabello como exigencia razonable
  • No puede desconocer libertades constitucionalmente consagradas
  • Cumplimiento normas de aseo y pulcritud personal
  • Longitud del cabello, peinado, maquillaje y adorno corporal
  • No puede imponer patrones estéticos excluyentes
  • Uso de uniforme
Comunidad Educativa
  • Alcance de la potestad reguladora
Derecho De Participacion En Comunidad Educativa
  • Constitucionalización del reglamento de convivencia
6 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Decisión de Familia del Tribunal Superior de Antioquia el 26 de marzo de 1998 y, en su lugar, tutelar los derechos fundamentales a la educación, al libre desarrollo de la personalidad y a la participación del menor actor.
  2. Segundo. ORDENAR al rector del IDEM San José del Citará que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, proceda a convocar a la comunidad educativa para modificar el manual de convivencia del establecimiento, a fin de que en él se respeten los límites constitucionales que fueron violados como se consideró.
  3. Tercero. COMUNICAR esta providencia al Juzgado Promiscuo de Familia de Ciudad Bolívar (Ant.), para los fines previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.