Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de octubre de 2004Sala Plena

C-994 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Juan Jacobo Vargas Fernández

Tema · dato duro
Alimentos Provisionales De Menor De Edad En Proceso Judicial. Alcance De La Presunción Legal De Que El Alimentante Devenga Al Menos El Salario Mínimo Legal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Alimentos
  • División
Alimentos Provisionales De Menor De Edad En Proceso Judicial
  • Decreto por solicitud del demandante y aportación de prueba siquiera sumaria de capacidad económica del demandado
  • Falta de certeza no superable mediante la presunción legal de devengar al menos el salario mínimo legal
  • Acompañamiento de prueba siquiera sumaria de la capacidad económica del demandado
  • Alcance de la presunción legal de que el alimentante devenga al menos el salario mínimo legal
  • Decreto a solicitud de parte o de oficio
  • Potestad
Derechos Del Niño
  • Protección constitucional especial
  • Protección en el derecho internacional
Derecho De Alimentos
  • Definición y fuente
  • Fundamento constitucional
  • Regulación general
Proceso De Alimentos De Menor De Edad
  • Presunción legal de que alimentante devenga al menos el salario mínimo legal
  • Establecimiento del monto de ingresos de alimentante
Proceso De Alimentos
  • Carencia de capacidad económica del demandado
  • Acreditación existencia de capacidad económica como el monto de la misma
Alimentos Provisionales
  • Decreto como medida cautelar
7 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo de procedimiento civil (decretos leyes 1400 y 2019 de 1970) art. 448 (parcial) y codigo del menor (decreto 2737 de 1989) art. 148 (parcial).

Demanda de alimentos en nombre del hijo menor por el agente del ministerio publico o el defensor de familia

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 448Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 148Decreto 2737/89 «“podrá ordenar”, “a solicitud de parte o” y “siquiera sumaria de la capacidad económica del demandado y”»EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 2282/89EXEQUIBLE
Sobre toda la normaDecreto 2282/89EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresión demandada contenida en el Art. 448 del Código de Procedimiento Civil (Decretos leyes 1400 y 2019 de 1970), modificado por el Art. 1º, Num. 252, del Decreto ley 2282 de 1989, por el cargo examinado en esta sentencia.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "podrá ordenar" y "a solicitud de parte o" contenidas en el Art. 148 del Código del Menor (Decreto ley 2737 de 1989), por el cargo examinado en esta sentencia.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE la expresión "siquiera sumaria de la capacidad económica del demandado y" contenida en el Art. 148 del Código del Menor (Decreto ley 2737 de 1989), por el cargo examinado en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.