C-922 de 2000
Ponente Antonio Barrera Carbonell
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Determinación de beneficiarios del tributo
- Creación estampilla pro-hospitales universitarios
- Excepción a la prohibición
- Actividad
- Beneficiarios de tributos
- Modificación por plenaria de una célula legislativa
- Emisión de estampillas
- Prohibición no es absoluta
- Alcance de la función
- Beneficiarios de tributos
- Naturaleza
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 09/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DECLARAR INFUNDADAS las objeciones formuladas por el Presidente de la República contra el proyecto de ley No 120/98 Cámara, 09/99 Senado, por la alegada violación de los arts. 157, 161 y 355 de la Constitución, y por consiguiente, declarar EXEQUIBLE el proyecto.
- Segundo. DECLARAR FUNDADAS las objeciones de inconstitucionalidad formuladas por el Presidente de la República contra el proyecto de ley No 120/98 Cámara, 09/99 Senado, en relación con la violación de los arts. 136-4, 267, 355 y 372 de la Constitución. Por consiguiente, en los términos de la parte motiva de esta sentencia se declara INEXEQUIBLE el proyecto y, específicamente, su art. 7 en el aparte que dice "asi como su correspondiente traslado".
- Tercero. Remítase el expediente legislativo y copia de esta sentencia al señor Presidente del Congreso de la República, con el fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 167 de la Constitución y 33 del Decreto 2067 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.