C-857 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Carlos Alberto Parra Dussan Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derogación tácita de norma que refería a la mujer casada como incapaz relativa
- Juez constitucional debe examinar si continúa produciendo efectos jurídicos
- Concepto
- Efectos
- Expresa y tácita
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo civil articulos 1527 y 2154 (parciales).
Obligaciones civiles o naturales.
Obligaciones contraidas por la mujer casada en los casos en que le es necesaria la autorización del marido.
Constitución de mandatario a mujer casada.
Inhibición constitucional en el caso concreto.
Derogación tacita en materia de control de constitucionalidad.
La pretensión de inconstitucionalidad formulada por los actores por un presunto desconocimiento del preámbulo y los articulos 1 13 y 43 de la constitución no tiene cabida en la medida que se ha configurado la derogación tacita (lex posterior derogat priori).
Inhibirse de proferir decisión de fondo
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de proferir decisión de fondo respecto de la expresión "como la mujer casada en los casos en que le es necesaria la autorización del marido" contenida en el artículo 1527 del Código Civil y de la expresión "o a una mujer casada" como también "y a las mujeres casadas" contenidas en el artículo 2154 del Código Civil, por configurarse la derogación tácita.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.