C-504 de 2005
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Julian Cifuentes Bolivar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Certeza en concepto de violación
- Falta de correspondencia entre la argumentación de la demanda y el contenido material de la norma acusada
- Oportunidad de las autoridades para efectuar la persecución penal y las indagaciones pertinentes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 906 de 2004 articulo 157.
Se expide el codigo de procedimiento penal.
Oportunidad para la persecución penal y las indagaciones pertinentes.
Razones por las cuales se impugna como inconstitucional el aparte acusado del articulo 157 de la ley 906 de 2004 no coinciden con lo estipulado en el texto de dicha norma.
Se procedera a dictar un fallo inhibitorio ya que no es menester de esta corporación adelantar una estructuracion oficiosa de los cargos que permita adelantar un juicio de contitucionalidad respecto de la disposicion demandada.
Inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la expresión "podrán adelantarse en cualquier momento", contenida en el artículo 157 de la Ley 906 de 2004, "por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.