C-492 de 2016
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Diana Del Pilar Sanchez Lopez·Demandado Ley 1395 De 2010, Articulo 49 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Criterios para valorar la aptitud de la demanda y determinar su procedencia y alcance del juicio de constitucionalidad
- Concepto
- Procedencia en recurso de casación, según Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia
- Puede apartarse de criterio adoptado en otro fallo inhibitorio
- Estadísticas de procesos por Sala 2008-2015
- Estadística de procesos admitidos 2007-2015
- Inexistencia
- Contenido y alcance
- Concepto
- Restricción del alcance en norma acusada
- Características
- Favorece la interposición de recursos en materia laboral
- Indeterminación de la medida legislativa
- Consecuencia jurídica
- Competencias jurisdiccionales
- Especificidades de la congestión judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 49 (parcial) de la Ley 1395 de 2010, por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial.
Según la demandante, el precepto normativo acusado trasgrede los derechos a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
La Corte considera que la imposición de una multa por la no presentación de la demanda de casación laboral dentro del término legal, una vez admitido el recurso, resulta inconstitucional por la indeterminación sobre su naturaleza, contenido y alcance, y por configurar una restricción desproporcionada de los derechos de igualdad, acceso a la justicia y debido proceso, sin que pueda ampararse en su contribución a la descongestión judicial.
Con base en lo anterior, la Sala Plena decide declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos”.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2158/48. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
- RESUELVE
- DECLARAR LA INEXEQUIBILIDAD de la expresión "y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos" contenida en el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.