Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de septiembre de 2016Sala Plena

C-492 de 2016

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Diana Del Pilar Sanchez Lopez·Demandado Ley 1395 De 2010, Articulo 49 Parcial

Tema · dato duro
Casación Laboral. Decisión Sobre Admisibilidad Del Recurso Dentro De Los Veinte Días Siguientes A Su Interposición.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Criterios para valorar la aptitud de la demanda y determinar su procedencia y alcance del juicio de constitucionalidad
Desistimiento Expreso
  • Concepto
  • Procedencia en recurso de casación, según Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia
Juez Constitucional
  • Puede apartarse de criterio adoptado en otro fallo inhibitorio
Corte Suprema De Justicia
  • Estadísticas de procesos por Sala 2008-2015
  • Estadística de procesos admitidos 2007-2015
Desistimiento Tacito
  • Concepto
  • Restricción del alcance en norma acusada
Desistimiento
  • Características
Estructura De La Administracion De Justicia
  • Favorece la interposición de recursos en materia laboral
Sala Laboral De La Corte Suprema De Justicia
  • Competencias jurisdiccionales
  • Especificidades de la congestión judicial
15 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 49 (parcial) de la Ley 1395 de 2010, por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial.

Según la demandante, el precepto normativo acusado trasgrede los derechos a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.

La Corte considera que la imposición de una multa por la no presentación de la demanda de casación laboral dentro del término legal, una vez admitido el recurso, resulta inconstitucional por la indeterminación sobre su naturaleza, contenido y alcance, y por configurar una restricción desproporcionada de los derechos de igualdad, acceso a la justicia y debido proceso, sin que pueda ampararse en su contribución a la descongestión judicial.

Con base en lo anterior, la Sala Plena decide declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos”.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2158/48. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 93Decreto 2158/48INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«"y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos” contenida en el inciso 3»
Art. 49Ley 1395/10INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
  2. RESUELVE
  3. DECLARAR LA INEXEQUIBILIDAD de la expresión "y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos" contenida en el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.