Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de septiembre de 1996Sala Plena

C-482 de 1996

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Roberto Mutis Puyana

Tema · dato duro
Tasas Tarifas Y Peajes.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Tasa De Peaje
  • Infraestructura del transporte
Tarifa De Peajes
  • Omisión del sistema y método
  • Autoridad competente para fijarla
  • Indeterminación de autoridad para fijarla
Tarifa De Tasas Y Contribuciones
  • Alcance del sistema y método
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el art. 21 de la Ley 105 de 1993, “por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las entidades territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”.

El actor señaló que el legislador omitió determinar el sistema y el método para definir los costos y beneficios que debe tener en cuenta la autoridad encargada de fijar la tarifa de los peajes, contrariando el art. 338 de la Constitución.

La Sala Plena concluyó que la norma definió de forma general y abstracta el método de fijación de la tarifa, sin recurrir a un sistema rígido que permiten en mayor grado el capricho del intérprete.

La Corte declaró exequible el artículo 21 de la ley 105 de 1993.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 105/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 21Ley 105/93EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Declárase EXEQUIBLE el artículo 21 de la ley 105 de 1993.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoJorge Arango MejíaSalvamentoAntonio Barrera Carbonell
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.