C-457 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Gustavo Antonio Viveros Ganem
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Calidad de abogado titulado
- Requisitos
- Distinción en requisitos para acceso a cargo de Magistrado de Tribunal
- Distinción atendiendo la Constitución
- No exigencia de iguales calidades para acceso a cargo de Magistrado de Tribunal
- Regulación por decreto con base en ley de facultades
- No requiere adopción por ley estatutaria
- Rango militar no lo garantiza
- Motivación de exigencia
- Conjunto de principios que armónicamente regulan instituciones básicas
- Administra justicia
- No hace parte de la rama judicial
- Principios de la administración de justicia
- Régimen especial
- Carácter excepcional
- Motivación que no tienen efecto vinculante
- No cobija a la justicia militar
- No compensación de formación jurídica en subalterno
- Legitimidad de exigencia de ser abogado titulado para Magistrado, juez, fiscal o auditor
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 1790 de 2000.
Arts. 75 y 77 (p.).
Carrera del personal de oficiales y suboficiales de las fuerzas militares.
Acceso a cargos de magistrado del tribunal superior militar y juez de primera instancia.
Requisitos.
Titulo de idoneidad.
Administracion de justicia
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1790/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 75 del Decreto 1790 de 2000.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "En este caso no se requiere ser abogado titulado" contenida en el literal a) del articulo 77 del Decreto 1790 de 2000.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.