Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de mayo de 2007Sala Plena

C-313 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Domingo Banda Torregroza

Tema · dato duro
Prohibicion De Otorgar Facultades Extraordinarias Para Expedir Codigos. Alcance
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Facultades Extraordinarias Y Decreto Ley
  • Relación no es igual a la que se establece entre ley y decretos reglamentarios
Facultades Extraordinarias
  • Delegación tácita
  • Reformas que no afectan estructura de códigos
  • Límites
Codigo
  • Modificación por decreto ley
Facultades Extraordinarias Para Organizar Administracion Del Sistema General De Riesgos Profesionales
  • No exceso en norma que autoriza a intermediarios de seguros realizar actividades de salud ocupacional
Ley Habilitante En Facultades Extraordinarias
  • Alcance del requisito de precisión
Prohibicion De Otorgar Facultades Extraordinarias Para Expedir Codigos
  • No desconocimiento por inclusión de cláusula derogatoria
  • Alcance
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto ley 1295 de 1994 articulo 81 inciso segundo y el articulo 98 expresion "y demas normas que le sean contrarias".

Se determina la organizacion y administracion del sistema general de riesgos profesionales.

Promocion y asesoria para la afiliacion y derogatorias.el demandante considera que las normas demandadas vulneran la constitucion politica en sus articulos 13 150 333 334 335 y 336 y considera que con su expedicion el gobierno excedio las facultades extraordinarias concedidas por la ley 100 de 1993.facultades extraordinarias y limite constitucional para expedir codigos.

Exceso material en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la ley 100 de 1993.

Las facultades extraordinarias conferidas al ejecutivo le permitian introducir modificaciones al regimen de riesgos profesionales relacionadas con la administracion del mismo cosa que el presidente hizo al facultar a ciertas entidades de seguros para participar en la prestacion de los servicios de salud ocupacional.exequibles

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1295/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 81Decreto 1295/94EXEQUIBLE
Art. 98Decreto 1295/94EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Exclusivamente por los cargos analizados en esta providencia, declarar EXEQUIBLES el inciso
  4. segundo. del articulo 81 y el aparte acusado del articulo 98 del Decreto 1295 de 1994
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.