C-306 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Javier Andres Alfonso Martinez·Demandado Ley 1474 De 2011, Articulos 47, 48 Y 49, Parciales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Medidas preventivas
- Control constitucional debe ser moderado y no un control estricto
- Procedencia de la revocatoria directa de autos de archivo
- Consecuencia natural de los postulados constitucionales que propugnan por la transparencia en el ejercicio de la función pública como condición necesaria para el debido funcionamiento del sistema democrático
- Preponderancia sobre el principio de la cosa juzgada y la garantía del principio de non bis in ídem, en tanto no rebasa la facultad de configuración legislativa y busca proteger principios constitucionalmente legít
- Relacionado con el principio de vigencia de un orden justo
- No tienen valor absoluto
- Garantías
- No constituye desarrollo de un derecho absoluto
- Jurisprudencia constitucional en casos de faltas constitutivas de graves violaciones de derechos humanos
- Carácter extraordinario
- Constituye una medida razonable y proporcionada para combatir y sancionar los actos de corrupción
- Contenido normativo
- Contenido y alcance
- Ponderación de principios por legislador
- Concepto
- Finalidad
- Alcance
- No se trata de una instancia para controvertir de fondo las providencias ni un recurso de la vía gubernativa
- Institución propia del derecho disciplinario
- Comprende el poder disciplinario
- Competencia del legislador
- Desde la perspectiva de la lucha contra la corrupción resulta un criterio constitucional legítimo que justifica válidamente la restricción del non bis in ídem
- Cláusula general de competencia
- Cláusula general de competencia
- Jurisprudencia constitucional
- Vulneración o amenaza de los derechos fundamentales, como causal para su procedencia
- Causales específicas para su procedencia
- Intervención en asuntos disciplinarios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 47, 48 y 49 (parciales), de la Ley 1474 de 2011.
Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.
Las normas demandadas hacen referencia a la procedencia de la revocatoria directa de autos de archivo y fallos absolutorios en materia disciplinaria, por solicitud del quejoso o del funcionario que los profirió.
El demandante considera que estas normas vulneran los artículos 29 y 228 de la Constitución Política, por la afectación a los principios de cosa juzgada y, específicamente, al derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Para la Corte, la revocatoria de los autos de archivo y del fallo inhibitorio en materia disciplinaria constituye una medida razonable y proporcionada para combatir y sancionar los actos de corrupción.
Se declara la EXEQUIBILIDAD de las expresiones acusadas contenidas en los artículos 47, 48 y 49 de la Ley 1474 de 2011, por los cargos analizados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar la EXEQUIBILIDAD de las expresiones " y autos de archivo", "el quejoso podra solicitar la revocatoria del auto de archivo" y "los autos de archivo y el fallo absolutorio", contenidas en los articulos 47, 48 y 49 de la Ley 1474 de 2011, por los cargos analizados en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.