C-159 de 2020
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 438/20
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Evolución jurisprudencial
- Conexidad temática del Plan Nacional de Desarrollo
- Competencia de la Corte Constitucional
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Definición
- Carácter reglado, excepcional y limitado
- Control político y control jurídico
- Contenido y alcance
- Exequibilidad
- Alcance
- Fundamento
- Presupuestos formales y materiales
- Juicio formal
- Juicio material
- Establece tres clases de estados de excepción
- Juicio de constitucionalidad
- Características
- Competencias del Congreso de la República
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 438 de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 417 de 2020.
Luego de analizar el articulado que integra la precitada norma, tanto desde la perspectiva formal como a la luz de todos los criterios de análisis material que la jurisprudencia de la Corte ha desarrollado para el estudio de este tipo de Decretos, la Sala Plena constató que las medidas dispuestas en ella y los fines que éstas persiguen, además de cumplir con cada uno de los requisitos para adecuarse a las competencias extraordinarias en cuya virtud se dictaron, tienen plena conexidad con la declaratoria de emergencia y con normas de jerarquía legal.
Precisó que, las exenciones transitorias del IVA para la importación y adquisición de ciertos bienes no restringen ni suspenden derechos o principios constitucionales, sino que, por el contrario, están destinadas a garantizar la protección de los derechos a la vida, la salud y la integridad de los ciudadanos, al tiempo que hacen posible el cumplimiento de obligaciones tributarias a las entidades del Régimen Tributario Especial.
Puntualizó además, que su redacción evita cualquier tipo de diferenciación injustificada en el trato derechos constitucionales y que por el contrario, su finalidad se concreta en la protección de los mismos, resultando en consecuencia, proporcionales en el marco del estado de emergencia ocasionado por el COVID-19.
Se declara EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 438/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion
- RESUELVE:
- UNICO.- Declarar EXEQUIBLE el Decreto legislativo 438 del 19 de marzo de 2020 "Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias dentro del Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica de conformidad con el Decreto 417 de 2020".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.