Micelio
Sentencia de Constitucionalidad19 de febrero de 2004Sala Plena

C-129 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Julian Gomez

Tema · dato duro
Beneficio Tributario En Retencion En La Fuente Por Ingresos Del Exterior-Condicionamiento Que Operación De Cambio Se Realice A Través Del Mercado Cambiario
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Convenio Constitutivo Del Fondo Monetario Internacional
  • Inexistencia de obligación de acatar lo dispuesto en las sesiones de un artículo
Beneficio En Retencion En La Fuente Por Ingresos Del Exterior
  • No sujeción al pago del impuesto se concede en situaciones de hecho particulares y distintas
  • Promoción de exportaciones y de bienes y servicios
Beneficio Tributario En Impuesto De Renta O De Ganancia Ocasional
  • Excepción al pago anticipado para beneficiarios de pagos o abonos en cuenta del exterior que sean declarantes
Beneficio Tributario En Retencion En La Fuente Por Ingresos Del Exterior
  • Condicionamiento que operación de cambio se realice a través del mercado cambiario
Exencion O Beneficio Tributario
  • Creación, modificación y suspensión
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia Tributaria
  • Amplitud
  • Escogencia entre diversas alternativas al momento de ejercer el poder de imposición
Retencion En La Fuente Por Ingresos Del Exterior
  • Excepciones
  • Facultad para establecerla
  • Excepción a las divisas en zonas de frontera por comerciantes establecidos en las mismas
  • Excepción de personas y entidades de derecho internacional público que tengan determinada calidad y no persigan finalidades de lucro
  • Excepciones establecidas en atención a la naturaleza del ingreso
  • No aplicación a ingresos por exportaciones de bienes o recibidos por servicios prestados siempre que divisas se canalicen a través del mercado cambiario
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Inciso derogado expresamente para la fecha de la decisión
Norma Acusada
  • Derogación expresa de inciso para la fecha de la decisión
15 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 624 de 1989.

Art 366-1.

Adicionado por ley 6 de 1992.

Art 7.

Modificado por ley 223 de 1995.

Art. 174.

Y ley 488 de 1998.

Art. 105.

Facultad para establecer retencion en la fuente por ingresos del exterior.

Excepcion a la obligacion de pago anticipado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 366Decreto 624/89EXEQUIBLE
Art. 366-1Decreto 624/89EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 6/92EXEQUIBLE
Art. 174Ley 223/95EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 366-1 del Decreto 624 de 1989 (Estatuto Tributario), adicionado por el articulo 7deg de la Ley 6a de 1992 y modificado por los articulos 174 de la Ley 223 de 1995 y 105 de la Ley 488 de 1998, unicamente por los cargos examinados en la presente Sentencia.
  4. Segundo. INHIBIRSE de proferir un fallo de fondo respecto del inciso 2deg del articulo 366-1 del Decreto 624 de 1989 (Estatuto Tributario), adicionado por el articulo 7deg de la Ley 6a de 1992 y modificado por los articulos 174 de la Ley 223 de 1995 y 105 de la Ley 488 de 1998, por carencia actual de objeto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.