C-126 de 2006
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Jaime Smith Ortiz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Recursos y medios de defensa
- Trámite
- Materias que regula
- Concepto
- Evolución normativa
- Parámetros jurisprudenciales
- No desconocimiento en ley ordinaria que derogó disposiciones del Código Contencioso Administrativo
- No desconocimiento en ley ordinaria que modificó otra ley de la misma naturaleza
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 954 de 2005 artículos 1 2 y 3 (parcial).
Por la cual se modifican adicionan y derogan algunos artículos de la ley 446 de 1998 y del código contencioso administrativo y se dictan otras disposiciones sobre competencia descongestión eficiencia y acceso a la administración de justicia.
Para el demandante considera que las disposiciones acusadas violan los artículos 13 29 y 229 de la constitución política.
Cosa juzgada constitucional.
Facultad del legislador para establecer los recursos ordinarios y extraordinarios que proceden en los distintos procesos.
La ley 954 de 2005 no viola la reserva de ley estatutaria.
Si bien al actor le asiste razón en cuanto que los asuntos referentes a la administración de justicia han de ser tramitados por medio de leyes estatutarias lo cierto es que no todo asunto relacionado con dicha materia ha de ser sometido al mismo.
Estarse a lo resuelto en c-046 y c-050 de 2006 y exequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 954/05. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en las sentencias C-046 y C-050 de 2006 respecto del articulo 1deg de la Ley 954 de 2005, asi como de la sentencia C-1233 de 2005, respecto de la expresion "que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, tengan proferido el respectivo auto admisorio", contenida en el articulo 3 de la mencionada ley.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 2 de la Ley 954 de 2005.
- Tercero. DECLARAR EXEQUIBLE la Ley 954 de 2005, por los cargos analizados en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.