C-1259 de 2001
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Olger Samiro Castro Garces
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proporcionalidad en ocupación de trabajadores extranjeros
- Porcentaje de ocupación de trabajadores extranjeros
- Fomento de ocupación de mano de obra
- Población nacional y extranjera
- Límites en regulación de ingreso y permanencia de extranjeros
- Regulación de ingreso y permanencia de extranjeros
- Derecho a laborar
- Posibilidad de limitación por legislador a garantías conferidas
- Posibilidad de tratamiento diferenciado en relación con los nacionales
- Ausencia de cargos
- Alcance
- Regulación de ingreso y permanencia de extranjeros
- Legitimidad de tratamiento diferenciado
- Posibilidad de tratamiento diferenciado por legislador
- Tratamiento diferenciado no lo hace inconstitucional
- Límites legales
- Porcentaje de ocupación del personal calificado u ordinario
- Protección de ocupación de mano de obra nacional
- Posibilidad de sujeción a condiciones especiales
- Protección constitucional
- Establecimiento constitucional
- Fijación por el Estado
- Regulación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 141 de 1961.
Art. 74.
Codigo sustantivo del trabajo.
Proporcion e igualdad en la remuneracion y condiciones laborales entre trabajadores colombianos y extranjeros.
Facultad del estado para regular el ingreso y permanecia de extranjeros en su territorio
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 141/61. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el inciso
- primero. del articulo 74 de la Ley 141 de 1961.
- Segundo. Inhibirse de fallar en relacion con la demanda instaurada contra el inciso
- segundo. del articulo 74 de la Ley 141 de 1961.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.