C-1178 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Jorge Luis Pabon Apicella
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prevalencia del interés del titular sobre intervención del profesional del derecho
- Satisfacción y conclusión
- Manifestación
- No satisfacción y conclusión de profesional del derecho
- No traslado de titularidad y autorización para ejercicio
- No justificación de revocación
- Revocación en cualquier momento
- Revocación y determinación de honorarios
- Situaciones de hecho distintas por renuncia o revocación
- Terminación
- Efectos de la revocación
- Justificación de renuncia por abogado
- Renuncia en curso del proceso
- Renuncia y no trámite incidental para honorarios
- Renuncia y revocación para efectos de honorarios
- Revocación
- Revocación por herederos y sucesores
- Revocación y solicitud de regulación de honorarios
- Remuneración de labor
- Remuneración de labor
- Concepto
- No traslada titularidad de defensa del poderdante
- Relación y distinción en efectos
- No desconocimiento por revocación del poder
- Concepto
- Participación activa en la sociedad
- Desprovistos del interés público
- No subsume derecho del implicado a ejercer la defensa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo de procedimiento civil.
Art. 69 (p.).
Terminacion revocatoria unilateral y renuncia del poder.
Contrato de mandato.
Pago honorarios de abogado.
Derecho de defensa e igualdad.
Debido proceso.
Nucleo fundamental del derecho de participacion en juicio
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, el inciso
- primero. del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, el inciso
- segundo. del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, el inciso
- tercero. del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, la expresión "pero el poder podrá ser revocado por los herederos y sucesores" que hace parte del inciso
- quinto. del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, la expresión y "mientras no sea revocado por quien corresponda", que hace parte de inciso
- sexto. del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.