Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de abril de 2021Sala Plena

C-107 de 2021

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Harry Andres Ortiz Cabuya·Demandado Ley 769 De 2002

Tema · dato duro
Comparendo De Tránsito. Consecuencia De No Comparecencia Del Infractor.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Falta de certeza en razones de inconstitucionalidad e incumplimiento de requisitos en cargos por violación del derecho a la igualdad
Concepto De Violacion En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Jurisprudencia constitucional sobre oportunidad procesal para definir la aptitud de la demanda
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 136 (parcial) de la Ley 769 de 2002, por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.

El demandante considera que las disposiciones acusadas vulneran el derecho a la igualdad previsto en el artículo 13 de la Carta, ya que consagra un trato desigual entre la persona que acepta la comisión de la infracción y aquella que la rechaza, lo cual se ve reflejado en el monto a pagar por la multa cometida, desconociendo con ello el mismo precepto Superior, en tanto el Estado tiene el deber de proteger a aquellas personas que por su condición económica se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta.

Así mismo, argumenta que se trasgrede el artículo 29 Constitucional, porque quien no acepta la comisión de la presunta infracción de tránsito, en caso de ser declarado contraventor, no puede acceder a la reducción de la multa y, porque la persona se ve forzada a renunciar a una investigación y a un juzgamiento, inducida por el temor de cancelar el 100% de la multa y no un 50% o un 75% de la misma.

En virtud de que los dos cargos formulados omiten el cumplimiento de las cargas mínimas que se exigen para la formulación de una demanda en debida forma, la Corte decidió declararse INHIBIDA de emitir pronunciamiento de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 136Ley 769/02INHIBITORIO
Art. 136Ley 769/02INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. administrando justicia en nombre del Pueblo, y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo en relacion con los cargos formulados contra el articulo 136 (parcial) de la Ley 769 de 2002, "por la cual se expide el Codigo Nacional de Transito Terrestre y se dictan otras disposiciones", modificado por los articulos 24 de la Ley 1383 de 2010, 205 del Decreto 019 de 2012 y 118 del Decreto 2106 de 2019, por ineptitud sustantiva de la demanda
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.