C-099 de 2007
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Karin Irina Kuhfeldt Salazar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Límites en regulación de requisitos y condiciones
- Legislador debe propender por el equilibrio entre la igualdad de oportunidades y, la eficiencia y eficacia en la administración
- Integración
- No integración por falta de competencia
- Integración excepcional
- Características
- Ingreso
- Requisito de ser soltero y permanecer como tal durante el curso es inconstitucional
- Exigencia de la condición de soltería y la afectación de los derechos fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto ley 407 de 1994 articulo 119 numeral 3°.
Se establece el regimen de personal del instituto nacional penitenciario y carcelario.
Requisitos para ingresar al cuerpo de custodia y vgilancia penitenciaria y carcelaria nacuional.
Soltero y permanecer como tal durante el curso.la demandante considera que la disposicion acusada vulnera los articulos 1° 2° 13 16 y 40-7 de la constitucion politica.el alcance y limites de la potestad de configuracion del legislador en materia de determinacion de requisitos para el ingreso a la funcion publica.
Si bien el congreso tiene un amplio margen de configuracion para definir cuales son las condiciones para el acceso permanencia ascenso y retiro de los trabajadores vinculados con el estado no puede establecer exigencias que hagan nugatorio el derecho de participacion de los ciudadanos en el ejercicio de la funcion publica en condiciones de igualdad o que afecten el nucleo esencial de otros derechos fundamentales de las personas.
Los antecedentes en la jurisprudencia constitucional respecto de la exigencia en determinados casos de la condicion de solteria y la afectacion de los derechos fundamentales.
Las caracteristicas de la carrera penitenciaria y carcelaria y el contenido y alcance del numeral 3 del articulo 119 del decreto 407 de 1994 acusado.en el presente caso se esta sin duda en presencia de una ilegitima limitacion de la autonomia de los aspirantes a ingresar al cuerpo de custodia y vigilancia penitenciaria y carcelaria nacional al condicionarse la posibilidad de ingreso al hecho de no estar casados y de permanecer como tales durante el curso de formacion.
El reproche mas grave que cabe hacer al tipo de restriccion que impone la disposicion que se examina radica en su desproporcionalidad.inexequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 407/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- DECLARAR INEXEQUIBLES el numeral 3deg del articulo 119 y la expresion "casados" del articulo 120 del Decreto Ley 407 de 1994 "por el cual se establece el regimen de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.