Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de febrero de 2002Sala Plena

C-093 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Alvaro Janner Gelvez Caceres

Tema · dato duro
Poder Impositivo Del Estado. Radica En Congreso En Tiempo De Paz Y Subsidiariamente En Asambleas Y Concejos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ley Organica De Area Metropolitana
  • Porcentaje del impuesto predial para conformar patrimonio no crea un tributo
  • Constitución del patrimonio y renta
Ley Organica
  • Finalidad
  • Reserva es de aplicación restrictiva
  • Administración y régimen fiscal de áreas metropolitanas
  • Diversos cuerpos normativos
Cosa Juzgada Constitucional
  • Afectación del impuesto predial en áreas metropolitanas
Area Metropolitana
  • Producto de sobretasa del dos por mil sobre avalúo catastral de propiedades dentro de jurisdicción
Poder Impositivo Del Estado
  • Radica en Congreso en tiempo de paz y subsidiariamente en asambleas y concejos
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 128 de 1994.

Art. 22 lit.

A).

Ley organica de las areas metropolitanas.

Naturaleza.

Patrimonio.

Sobretasa del dos x mil sobre avaluo catastral.

Facultad del legislador para destinar un porcentaje del impuesto predial.

Autonomia territorial.

Estese a lo resuelto en c-1096/01

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 128/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 22Ley 128/94EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. Estarse a lo resuelto en el numeral
  4. segundo. de la Sentencia C-1096 de 2001 M.P. Jaime Córdoba Triviño, respecto del cargo formulado contra el literal a) del artículo 22 de la Ley 128 de 1994, porque éste no quebranta el artículo 317 constitucional.
  5. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el literal a) del artículo 22 de la Ley 128 de 1994, en relación con los cargos formulados, porque éste no quebranta los artículos 319 y 338 de la Constitución Política.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.