C-069 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Camilo Ernesto Romero Galeano·Demandado Ley 1520 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cosa juzgada constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Cosa juzgada constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2, 3, 6, 13, 14, 15, 16, 19 y 21 de la ley 1520 de 2012, por medio de la cual se implementan compromisos adquiridos por virtud del Acuerdo de Promoción Comercial, suscrito entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América y su Protocolo Modificatorio, en el marco de la Política de Comercio Exterior e Integración Económica.
La Sala recuerda que en la sentencia C-011/13 la Corte Constitucional declaró inexequible la totalidad de la Ley 1520 de 2012, por considerar que existió un vicio de procedimiento en su formación, consistente en la falta de competencia de las comisiones segundas del Senado de la República y de la Cámara de Representantes para aprobar en primer debate esta ley.
Al comprobar que ha operado el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, se decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-011/13.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1520/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-011 de 2013, mediante la cual se declaro inexequible la Ley 1520 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.