C-046A de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Juan Vicente Florez Rincon Y Otro·Demandado Codigo Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Testigos inhábiles
- Juicios de validez y de vigencia
- No idoneidad para declaración de derogación tácita de norma
- No concebida para juicio de vigencia de normas
- Concepto
- Perspectiva médica
- Vigencia en el Código Civil
- Contexto de la norma en que se inserta
- Perspectiva histórica
- Concepto
- Clases
- Distinción
- Reiteración de jurisprudencia
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
- Juez constitucional debe examinar si continúa produciendo efectos jurídicos
- Palabra “demencia”
- Le está vedado expedir leyes que utilicen expresiones discriminatorias de personas en situación de discapacidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 3º parcial del artículo 127 del Código Civil.
Los demandantes consideran que la palabra “demencia” desconoce lo establecido en los artículos 1, 2, 5 y 13 de la Constitución Política, toda vez que resulta discriminatorio, contrario al principio de dignidad humana y, por tanto, desconoce los fines del Estado.
La Corte concluye que la expresión acusada es constitucional por cuanto se trata de un concepto técnico jurídico que no pretende descalificar a la población en condición de discapacidad cognitiva o mental.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 57/87. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD de la palabra "demencia" del numeral 3 (parcial) del articulo 127 del Codigo Civil por los cargos analizados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.