Micelio
Sentencia de Constitucionalidad6 de febrero de 2019Sala Plena

C-046A de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Juan Vicente Florez Rincon Y Otro·Demandado Codigo Civil

Tema · dato duro
Testigos Inhábiles Para Presenciar Y Autorizar Un Matrimonio, De Quienes Se Encuentren En Interdicción Por Causa De Demencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Codigo Civil
  • Testigos inhábiles
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Juicios de validez y de vigencia
  • No idoneidad para declaración de derogación tácita de norma
  • No concebida para juicio de vigencia de normas
Demencia
  • Concepto
  • Perspectiva médica
  • Vigencia en el Código Civil
  • Contexto de la norma en que se inserta
  • Perspectiva histórica
Derogatoria De Ley
  • Concepto
  • Clases
Control De Constitucionalidad De Norma Derogada
  • Falta de competencia de la Corte Constitucional
  • Juez constitucional debe examinar si continúa produciendo efectos jurídicos
Legislador
  • Le está vedado expedir leyes que utilicen expresiones discriminatorias de personas en situación de discapacidad
10 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 3º parcial del artículo 127 del Código Civil.

Los demandantes consideran que la palabra “demencia” desconoce lo establecido en los artículos 1, 2, 5 y 13 de la Constitución Política, toda vez que resulta discriminatorio, contrario al principio de dignidad humana y, por tanto, desconoce los fines del Estado.

La Corte concluye que la expresión acusada es constitucional por cuanto se trata de un concepto técnico jurídico que no pretende descalificar a la población en condición de discapacidad cognitiva o mental.

EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 57/87. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 127Ley 57/87 «demencia»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD de la palabra "demencia" del numeral 3 (parcial) del articulo 127 del Codigo Civil por los cargos analizados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.