Providencias que la citan
Estas providencias invocan a C-037/96 en su argumentación. · 1.231 en total.
Volver a la ficha de C-037/96Readecuacion Temporal De Competencias En Jurisdiccion Contencioso Administrativa. Establecimiento De Procesos De Única Instancia
Responsabilidad Patrimonial Del Estado. Consagración Constitucional
Solicitud De Pronunciamiento Sobre Las Decisiones Adoptadas En El Ambito De Cumplimiento De La Sentencia T-1310/05 Que Ordeno Al Fiscal General De La Nacion La Expedicion De Un Acto Administrativo Con La Correspondiente Motivacion De La Declaratoria De Insubsistencia Del Señor Mario Fernando Escobar. Improcedencia De La Solicitud. Debido Proceso En La Verificacion Del Cumplimiento De Las Sentencias De Tutela. Negada
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006 Aduciendo Entre Otras Falta De Congruencia Con El Contendio De Las Demandas De Inconstitucionalidad, Las Intervenciones Ciudadanas Y Frente Al Contenido De Las Consideraciones De La Sala Mayoritaria Y La Parte Resolutiva De La Providencia; La Inclusion En El Texto De La Sentencia De Regulaciones Interpretativas Y Contenidos Sobre Aspectos Que Incluyen Una Interpretacion Normativa Sobre El Tema De La Objecion De Conciencia, Que No Fueron Tratados En La Demanda Ni Fueron Discutidos Ni Aprobados Por Los Demas Miembros De La Corte; La Inclusion De Regulaciones Interpretativas Y Contenidos Sobre El Tema De La Aplicabilidad Inmediata De La Sentencia; La Falta De Competencia Y Jurisdiccion Del H.M. Alfredo Beltran Sierra Por La Incapacidad Funcional De Suscribir El Texto Definitivo De La Sentencia; La Violacion Del Principio De La Cosa Juzgada Constitucional Absoluta Frente A Sentencias Ejecutoriadas Sobre Las Mismas Normas Y El Tramite Inadecuado En El Proceso Para Las Nulidades Y Recusaciones Invocadas. La Excepcionalidad De La Declaratoria De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Negada
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Tercero Promiscuo Municipal De Mocoa Y El Cabildo Indigena Camentsa Biya De Mocoa. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Tercero Promiscuo Municipal De Mocoa
Recurso De Suplica Contra El Auto De Agosto 22 De 2006, Que Rechazó Demanda De Inconstitucionalidad. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda.
Solicitud De Adicion De La Sentencia T-292/06. Improcedencia De La Solicitud De Aclaración O Adición De Sentencias De Revisión, Proferidas Por La Corte Constitucional. En El Trámite De Tutela En Instancia, Es Posible Solicitar La Adición O Aclaración De La Sentencia Correspondiente, Dentro Del Plazo De Los Tres Días Del Término De Ejecutoria. La Adición De Sentencias, Como Mecanismo Procesal Dirigido A Obtener Una Respuesta Definitiva A Todos Los Aspectos Propios De La Solicitud De Tutela, Resulta Improcedente. Rechazada La Solicitud
Recurso De Suplica Contra El Auto De Mayo 25 De 2006, Proferido Por El Magistrado Alvaro Tafur Galvis, Que Rechazo La Demanda Contra El Inciso 2 Del Numeral 10 Del Articulo 48 De La Ley 788 De 2002. Encuentra La Corte Que Los Cargos Ya Fueron Objeto De Pronunciamiento De Fondo Y Que En Virtud Del Decreto 2067 De 1991 No Hay Lugar A Un Nuevo Pronunciamiento Sobre Las Mismas Acusaciones. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Derecho Al Debido Proceso, La Igualdad Y El Acceso A Cargos Y Funciones Publicas De Persona Que Pese A Ocupar El Primer Puesto En El Registro De Elegibles, No Fue Designado Por La Corte Como Magistrado De La Sala Laboral Del Tribunal Superior De Bogota. La Competencia Para Tramitar Las Acciones De Tutela Contra Los Actos De Designacion De Magistrados De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial Corresponde En Primera Instancia A Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, Administrativos Y Consejos Seccionales De La Judicatura, A Prevencion. Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Ordena Remitir El Expediente A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca
Solicitud De Cumplimiento Del Auto 164/05 Que Nego La Nulidad De La Sentencia T-979/04. El Cumplimiento De La Providencia Dictada Por La Sala Plena De Esta Corporacion Esta Restringido A Los Efectos Procesales Correspondientes, Sin Que Resulte Juridicamente Factible Adscribir A Dicha Decision Consecuencias De Naturaleza Diferente. Rechazada
Recurso De Suplica Interpuesto Contra El Auto De Febrero Nueve (9) De 2006 De Rechazo De La Demanda Contra El Artículo 35, Numeral 9 (Parcial) De La Ley 270 De 1996, Por Existir Cosa Juzgada Constitucional. Confirma En Su Intergridad El Auto De Rechazo De La Demanda
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-757/05. La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-757 De 2005 Se Fundamenta En Considerar Que La Decision Adoptada Habia Vulnerado El Derecho Al Debido Proceso. Requisitos Para La Procedencia Excepcional De La Declaratoria De Nulidad De Las Sentencias De Revisión De Acciones De Tutela. Presupuestos Formales Y Materiales De Procedencia. El Desconocimiento Del Precedente Constitucional Como Causal De Nulidad De Las Sentencias. La Facultad De Unificación De Que Es Titular El Pleno De Esta Corporación Es, Entonces, La Instancia Adecuada Para Solucionar Los Desacuerdos En El Sentido De La Decisión Entre Las Salas De Revisión. Por Ende, La Nulidad De Los Fallos No Es El Remedio Idóneo Para El Arreglo De Tales Controversias, Pues Tal Posibilidad Excepcional Está Restringida Únicamente A Aquellos Casos En Que Concurre Jurisprudencia En Vigor Para La Solución De Un Caso Concreto Y La Sala De Revisión, De Forma Injustificada, Adopta Una Decisión En Sentido Distinta. La Sala Cuarta De Revisión No Incurrió En Una Modificación De La Jurisprudencia Constitucional, En La Medida En Que Para El Asunto De La Procedencia De La Acción De Tutela Para Impugnar Las Decisiones Adoptadas Al Interior De Los Procesos De Selección Para Cursos De Formación Militar No Existe Una Jurisprudencia En Vigor. Negada
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Veintiseis Penal Del Circuito De Bogota Y El Juzgado Primero Penal Municipal De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Primero Penal Municipal De Bogota Para Que Resuelva El Incidente De Desacato
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-1299 De 2005 Con Los Argumentos De: Falta De Nombramiento De Conjuez, Publicidad De La Decision Antes De Notificar La Sentencia Definitiva, Falta De Notificacion De La Sentencia Dentro De Los Seis Dias Siguientes A La Decision, No Inclusion De Los Salvamentos Y Aclaraciones En La Sentencia Y No Seguimiento De Las Reglas Establecidas Para La Deliberacion. Excepcionalidad De La Declaratoria De Nulidad En Los Procesos De La Corte Constitucional. Los Hechos Alegados No Comportan La Nulidad Del Proceso. Denegada
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-1300 De 2005 Por El Procedimiento Adelantado En El Proceso. Excepcionalidad De La Declaratoria De Nulidad En Los Procesos De La Corte Constitucional. Negada