Micelio
Sentencia de Tutela8 de septiembre de 2005

T-938 de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Luz Mila Aroca Y Otra Vs. Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Competencia de la Sala Penal del Tribunal de Bogotá
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Corresponde al juez de primera instancia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la igualdad de pensionados de la fundación san juan de dios a quienes la entidad les adeuda mesadas pensionales desde febrero de 2003 sin haber sido incluidos en nomina pese a existir fallo de la sala penal del tribunal superior de bogota que tutelo los derechos a la seguridad social y al minimo vital como si a otros pensionados.

Solicitan se ordene el pago de las mesadas pensionales adeudadas y las que en el futuro se causen y se disponga la inclusion en nomina.

Procedencia de la accion de tutela.

La competencia de la sala penal del h.

Tribunal superior de bogota.

Una vez concedida la protección no es dable presionar su cumplimiento mediante una nueva accion porque en este caso salvo que medien nuevas circunstancias el asunto debe rechazarse.

Se pone de presente que la sala penal del h.

Tribunal superior de bogota conserva la competencia para hacer que las accionantes reciban su pension efectivamente con cargo al fondo del pasivo social de los ferrocarriles nacionales de colombia de ser necesario.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas en este Fallo, las Sentencias proferidas el 16 de noviembre de 2004 y el 27 de enero de 2005, por la Seccion Primera Subseccion B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Seccion Segunda Subseccion A del Consejo de Estado.
  2. Segundo. Librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.