C-036 de 2020
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Maria Paula Martinez Arevalo·Demandado Codigo Sustantivo Del Trabajo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Clases
- Carencia actual de objeto
- Concepto de violación
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Exige que precepto demandado exista y mantenga su carácter obligatorio
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, pertinencia y suficiencia en los cargos
- Improcedencia
- Inexistencia de término común de comparación
- Requisitos
- Concepto
- Diferencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 103, numeral 2º del Código Sustantivo del Trabajo.
A juicio de la demandante, la disposición acusada vulnera el artículo 13 de la Constitución.
Teniendo en cuenta que la norma objeto de censura no se encuentra vigente en el ordenamiento jurídico y que adicionalmente no está produciendo efectos jurídicos, la Corte decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por la carancia actual de objeto.
Sobre el particular precisó que, el preaviso no es una causal genérica para finalizar un vínculo laboral a término indefinido y que solamente se exige en casos taxativos, en virtud de la derogación del art. 48 del Código Sustantivo del Trabajo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto ley 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo respecto del numeral 2o del articulo 103 del Codigo Sustantivo del Trabajo, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.