DecretoVigente
Decreto 345 de 1888
Por el cual se reglamenta el Resguardo de las Salinas de Cundinamarca
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Del Decreto Número 298 De 1886 ( Diario Oficial Número 6,676) Y Los Guardas Montados Sobrantes, Serán Empleados Exclusivamente En El Servicio De Rondas4Artículo 45Del Código Fiscal, Visitará Personalmente Cada Dos Meses Alguna De Las Subalternas, Eligiendo Preferentemente Aquellas Respecto De Las Cuales Reciba Informes Desfavorables6Del Código Fiscal7Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Del Presente Decreto, Éste Último Dará Cuenta Del Resultado, En Oficio Especial, Al Ministerio De Hacienda, Proponiendo, Al Mismo Tiempo, Las Medidas Ó Reformas Que Juzgue Aplicables Á Las Ocurrencias De Que Se Trate12Artículo 1213Artículo 13
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