DecretoVigente
Decreto 3568 de 2011
por el cual se establece el Operador Económico Autorizado en Colombia.
27artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Definiciones3Principios Orientadores Del Operador Económico Autorizado4Autoridades De Control Del Operador Económico Autorizado5Alcance6Artículo 67Requisitos Mínimos Para Obtener La Autorización Como Operador Económico Autorizado8Beneficios Otorgados Al Operador Económico Autorizado9Etapas Para La Obtención De La Autorización Como Operador Económico Autorizado10Vigencia De La Autorización Como Operador Económico Autorizado11Revalidación12Interrupción Provisional De La Autorización Como Operador Económico Autorizado13Cancelación De La Autorización Como Operador Económico Autorizado14Procedimiento Para Ordenar La Interrupción Provisional Y La Cancelación De La Autorización15Obligaciones Del Operador Económico Autorizado16Obligaciones De Las Autoridades De Control Del Operador Económico Autorizado17Facultades De Las Autoridades De Control18Grupo Consultivo19Comité Técnico Del Operador Económico Autorizado20Comisión Intersectorial Del Operador Económico Autorizado21Conformación De La Comisión Intersectorial Del Operador Económico Autorizado22Funciones De La Comisión Intersectorial Del Operador Económico Autorizado23Operatividad24Gradualidad Para La Implementación Del Operador Económico Autorizado25Evaluación Y Seguimiento Al Operador Económico Autorizado26Procedimiento Aplicable En Aspectos No Regulados27Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3° de la Ley 6° de 1971 y 2° de la Ley 7° de 1991, el artículo 45 de la Ley 489 de 1998 y oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Carlos Pinzón BuenoEl Ministro de Defensa Nacional
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Mauricio Santa María SalamancaEl Ministro de la Protección Social
- Sergio Díaz GranadosEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo
- Germán Cardona GutiérrezEl Ministro de Transporte