Micelio

Artículo 22

Funciones De La Comisión Intersectorial Del Operador Económico Autorizado

Decreto 3568 de 2011 · por el cual se establece el Operador Económico Autorizado en Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Comisión Intersectorial del Operador Económico Autorizado. Son funciones de la comisión las siguientes

1.

Coordinar la política del Operador Económico Autorizado y servir como instancia de concertación y articulación entre los diferentes actores públicos y privados.

2.

Promover y articular mecanismos de cooperación entre entidades nacionales e internacionales en materias relacionadas con el Operador Económico Autorizado.

3.

Analizar, evaluar y conceptuar sobre la viabilidad de otorgar la autorización como Operador Económico Autorizado a las solicitudes presentadas a su consideración.

4.

Formular directrices que propendan al fortalecimiento, evaluación y monitoreo de la gestión y desarrollo del Operador Económico Autorizado.

5.

Darse su propio reglamento y en el mismo se deberá estandarizar la presentación técnica y metodológica de la elaboración del acta.

6.

Establecer las funciones de la Secretaría Técnica.

Parágrafo

La Secretaría Técnica de la comisión estará a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3568 de 2011