Cancelación de la autorización como Operador Económico Autorizado. Son causales de cancelación de la autorización las siguientes
No dar cumplimiento dentro del término establecido, a las acciones requeridas para subsanar las situaciones que hayan dado lugar a la interrupción provisional de la autorización como Operador Económico Autorizado.
Cuando el resultado de la investigación de un incidente por parte de las autoridades competentes, determine la responsabilidad del Operador Económico Autorizado.
Haber obtenido la autorización como Operador Económico Autorizado, a través de la utilización de medios irregulares o fraudulentos debidamente comprobados por las autoridades competentes.
La pérdida de la calidad o calidades que le fueron concedidas por parte de las Autoridades de Control.
Por orden judicial.
A solicitud de parte.
La cancelación de la autorización será expedida mediante acto administrativo, previo análisis y decisión del Comité Técnico de que trata el artículo 19 del presente decreto y una vez surtido el procedimiento previsto en el artículo 14 del presente decreto, salvo que se trate de solicitud del Operador Económico Autorizado prevista en el numeral 6 del presente artículo, caso en el cual se tramitará la solicitud y se expedirá el acto administrativo correspondiente sin que se ejecute la medida cautelar de interrupción provisional, ni se surta el procedimiento previsto en el artículo 14 del presente decreto.