Grupo Consultivo. Con el fin de generar mecanismos para fortalecer la alianza entre los sectores público y privado, disponer de canales de comunicación entre el sector empresarial y las entidades de gobierno y recibir aportes que contribuyan al desarrollo del Operador Económico Autorizado, se constituirá un grupo consultivo el cual estará conformado por representantes del sector privado involucrados en diferentes eslabones de la cadena de suministro internacional. La metodología de funcionamiento de este grupo consultivo se establecerá mediante resolución de carácter general.
Decreto 3568 de 2011 →Vigente
Artículo 18
Grupo Consultivo
Decreto 3568 de 2011 · por el cual se establece el Operador Económico Autorizado en Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.