DecretoVigente
Decreto 624 de 1994
por el cual se adopta el procedimiento de selección para la contratación de gasoductos de uso público
26artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Definiciones2º3º De Cuando El Gobierno Esté Interesado En Contratar La Concesión De Gasoductos Troncales O Urbanos4º De Cuando Se Inicia El Trámite5º Del Contenido De La Convocatoria6º Del Término Para Que Los Interesados Presenten Propuestas7º Del Contenido De Las Propuestas8º De La Presentación De Las Propuestas9º Rechazo De Propuestas10º Aclaraciones A Las Propuestas11Términos Para La Selección12Resolución De Llamamiento A Contratar13Artículo 1314Cláusulas Del Contrato15Objeto Del Contrato De Concesión16Perfeccionamiento Del Contrato17Artículo 1718Entrada En Operación Del Gasoducto19Responsabilidad Del Concesionario20Interventoría21Plan De Contingencia22Propanoductos Urbanos23Artículo 2324Artículo 2425(Transitorio)26El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Decretos 609 De 1990, 625 De 1992, 408 De 1993 Y Demás Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 212 del Código de Petróleos y
- Guido Nule AmínEl Ministro de Minas y Energía