Micelio

Artículo 2

º

Decreto 624 de 1994 · por el cual se adopta el procedimiento de selección para la contratación de gasoductos de uso público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De cuando los particulares podrán construir gasoductos troncales o urbanos de uso público. Cuando los particulares por iniciativa propia, estén interesados en la concesión para la construcción, operación y mantenimiento de algún gasoducto troncal o urbano de uso público para la prestación del servicio público de transporte o distribución de gas y no se encuentre dentro de los programas de masificación del uso del gas establecido por el Gobierno, podrá solicitarlo previa presentación de los estudios estipulados en el artículo 7º del presente Decreto y comprobación de la disponibilidad y suministro de gas en determinada región. El Ministerio de Minas y Energía, tendrá en cuenta para la aprobación correspondiente la conveniencia del proyecto desde el punto de vista social y económico, la capacidad técnica, económica, financiera y administrativa del solicitante y los demás criterios señalados en este Decreto, para suscribir el respectivo contrato.

Parágrafo 1

El Ministerio de Minas y Energía podrá solicitar que a la propuesta se agreguen algunos otros municipios, corregimientos, inspecciones y veredas cercanas.

Parágrafo 2

Las propuestas que no llenen estos requisitos se rechazarán y se devolverán a sus proponentes.

Parágrafo 3

El Ministerio de Minas y Energía ordenará la publicación por dos veces en días diferentes, en un diario de amplia circulación nacional y en el regional, si lo hubiere, de un extracto de la solicitud referida, a costa del interesado. El interesado deberá allegar al Ministerio las publicaciones respectivas.

Parágrafo 4

Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la última publicación, el Ministerio podrá recibir otras solicitudes que se relacionen con dicho proyecto y se continuará el trámite con los solicitantes que reúnan requisitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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