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DecretoVigente

Decreto 1659 de 1978

Por el cual se establecen la estructura, la organización y las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro

39artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1La Superintendencia De Notariado Y Registro, Teniendo En Cuenta La Naturaleza De Sus Funciones Y El Origen De Sus Recursos, Continuará Funcionando Como Una Unidad Administrativa Especial, Adscrita Al Ministerio De Justicia, Con Personería Jurídica Y Patrimonio Autónomo2El Patrimonio De La Superintendencia Está Constituido Por: A) Los Bienes Que A Cualquier Título Haya Adquirido O Adquiera3Corresponde A La Superintendencia La Dirección, La Inspección Y La Vigilancia De Los Servicios Públicos De Notariado, De Registro De Instrumentos Públicos Y De Registro Del Estado Civil Se Las Personas, Y La Organización Administrativa De Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos4Para El Logro Del Objeto Señalado En El Artículo Anterior, La Superintendencia Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Velar Por La Prestación De Los Servicios De Notariado, De Registro De Instrumentos Públicos Y De Registro Del Estado Civil De Las Personas5La Dirección Y Administración De La Superintendencia De Notariado Y Registro Estará A Cargo De Un Consejo Directivo Y De Un Superintendente6Para Desarrollar Y Cumplir Sus Funciones La Superintendecia Tendrá La Siguiente Estructura: 17Las Funciones Asignadas A Las Oficinas U A Las Divisiones Se Ejercerán Mediante Grupos Internos De Trabajo Que Serán Creados Por El Superintendente, De Acuerdo Con Las Necesidades De Cada Dependencia8El Consejo Directivo Estará Integrado Por Siete (7) Miembros Así: A) El Ministro De Justicia, O El Viceministro, Quién Lo Presidirá; B) El Jefe Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística - Dane-; C) El Director Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi; D) Un Representante Del Colegio De Notarios De Colombia, Designado Para Períodos De Un Año: E) Un Representante Del Colegio De Registradores De Instrumentos Públicos De Colombia, Designado Para Períodos De Un Año; F) Dos Representantes Del Presidente De La República, Quienes No Podrán Ser Notarios Ni Registradores En Ejercicio De Sus Cargos, Ni Haberlos Desempeñado En El Periodo Inmediatamente Anterior; El Superintendente Asistirá A Las Reuniones Del Consejo, Con Derecho A Voz9El Secretario General De La Superintendecia Será El Secretario Del Consejo Directivo10Son Funciones Del Consejo Directivo De La Superintendencia De Notariado Y Registro: A) Formular La Política General Del Organismo Y Adoptar Los Planes Y Programas Conforme A Las Normas Legales, De Acuerdo Con La Orientación Del Gobierno Nacional11El Superintendente De Notariado Y Registro Es El Representante Legal Del Organismo Y Ejerce Las Siguientes Funciones: A) Dirigir La Administración De La Entidad, La Gestión De Los Negocios Y Actividades De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Y Las Determinaciones Del Consejo Directivo12Son Funciones De La Oficina De Planeación: A) Preparar El Proyecto De Presupuesto De La Entidad Y Someterlo A La Consideración Del Superintendente; B) Analizar El Estado De Ejecución Presupuestal Y Emitir Concepto Para El Superintendente Sobre Los Traslados Y Adiciones13Son Funciones De La Oficina De Publicaciones: A) Dirigir Las Publicaciones De La Superintendencia14Son Funciones De La Secretaría General: A) Atender, Bajo La Dirección Del Superintendente Y Por Conducto De Las Distintas Dependencias Del Organismo, La Prestación De Los Servicios Y La Ejecución De Los Programas Adoptados15Son Funciones De La Dirección Legal: A) Asesorar Al Superintendente En El Estudio De Los Asuntos De Su Competencia16Son Funciones De La División Legal De Notariado: A) Colaborar Con El Director En Todo Lo Referente A La Interpretación Y Aplicación De Normas Legales Y Reglamentarias17Son Funciones De La División Legal De Registro De Instrumentos Públicos: A) Colaborar Con El Director En Todo Lo Referente A La Interpretación Y Aplicación De Normas Legales Y Reglamentarias18Son Funciones De La División Legal De Registro Del Estado Civil De Las Personas: A) Colaborar Con El Director En Todo Lo Referente A La Interpretación Y Aplicación De Las Normas Legales Y Reglamentarias18Son Funciones De La Dirección De Vigilancia: A) Asesorar Al Superintendente En El Estudio De Los Asuntos De Su Competencia19Son Funciones De La División De Vigilancia De Notariado Y De Registro Del Estado Civil De Las Personas: A) Colaborar Con El Director En La Vigilancia Y Control De Los Servicios De Notariado Y De Registro Del Estado Civil De Las Personas, Y La Adecuada Prestación De Éstos20Son Funciones De La División De Vigilancia De Registro De Instrumentos Públicos: A) Colaborar Con El Director En La Vigilancia Y Control Del Servicio De Registro De Instrumentos Públicos21Son Funciones De La Dirección Administrativa: A) Asesorar Al Superintendente En El Estudio De Los Asuntos De Su Competencia22Son Funciones De La División De Personal: A) Aplicar Las Normas Sobre Ingreso Al Servicio Y Promoción Dentro Del Mismo23Son Funciones De La División De Presupuesto Y Contabilidad: A) Preparar El Anteproyecto Anual De Presupuesto24Son Funciones De La División De Tesorería: A) Percibir Los Ingresos Y Efectuar El Pago De Los Gastos Y Servicios De La Entidad25Son Funciones De La División De Servicios Generales: A) Elaborar El Programa Anual De Compras Que, Por Conducto De La Dirección Administrativa, Debe Ser Presentado Al Superintendente26El Foro Nacional De Notariado Y Registro Continuará Como Organismo Asesor De La Superintendencia Para Examinar Problemas Del Servicio, Estimular El Desarrollo Del Derecho Notarial Y De Registro, Promover La Colaboración Entre Funcionarios De Notariado Y De Registro, Buscar Un Mayor Desarrollo Profesional De Los Notarios Y De Los Registradores Y Recomendar Medidas Para Mejorar Los Servicios De Notariado Y De Registro27Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos Son Dependencias De La Superintendencia De Notariado Y Registro Y Cumplirán Las Funciones Que La Ley Determina28Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos De Cabecera De Círculo Se Llamarán Principales29Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos, Principales Y Seccionales, Desarrollarán Las Funciones Mediante Grupos Internos De Trabajo Que Organizará El Registrador De La Respectiva Oficina, Con La Aprobación Del Superintendente30Los Registradores De Instrumentos Públicos Son Los Responsables Del Funcionamiento Técnico Y Administrativo De Las Respectivas Oficinas31El Registrador De Instrumentos Públicos De Oficina Principal Ejercerá La Coordinación Técnica Y Administrativa De Las Oficinas Seccionales Del Círculo Respectivo, De Conformidad Con Los Reglamentos Que Se Expidan32Son Funciones De La División Jurídica: A) Estudiar Y Calificar Los Documentos Que Se Presenten Para Su Inscripción33Son Funciones De La División Administrativa: A) Vigilar Y Mantener El Perfecto Funcionamiento De La Oficina, Tanto En Su Parte Interna Como En Lo Referente A La Atención Al Público34Para Los Efectos Previstos En El Artículo 157 Del Decreto - Ley 294 De 1973, Asimílanse El Secretario General De La Superintendencia A Secretario General De Ministerio, Y Los Directores De La Superintendencia Y Los Registradores De Las Oficinas Principales Y Seccionales A Directores Generales De Ministerio35Contra Los Actos Que Dicten El Secretario General Y Los Directores De La Superintendencia, En Cumplimiento De Las Funciones Que No Les Hayan Sido Delegadas, Procede El Recurso De Reposición Y El De Apelación Para Ante El Superintendente36Contra Los Actos Que Se Expidan En Ejercicio De Funciones Delegadas, Sólo Procede El Recurso De Reposición, Ante El Mismo Funcionario Que Expidió El Acto37Autorízase Al Gobierno Para Realizar Todas Las Operaciones Presupuestales Necesarias Para El Cumplimiento Del Presente Decreto38Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Subroga El Decreto - Ley 2695 De 1977 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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