Son funciones de la Dirección de Vigilancia
Asesorar al Superintendente en el estudio de los asuntos de su competencia.
Dirigir y coordinar la ejecución de programas y trabajos de las dependencias a su cargo.
Ejercer la vigilancia y control del servicio de notariado, de registro de instrumentos públicos y de registro del estado civil de las personas.
Ordenar las visitas generales y especiales a que hubiere lugar.
Recibir las actas de visita, correr traslado de los cargos, diligenciar las pruebas e imponer sanción disciplinaria o dar por concluido el trámite, según el caso.
Elaborar proyectos de reglamentaciones, prestar la colaboración requerida para su implantación y vigilar su cumplimiento.
Colaborar en la preparación de cursos y conferencias.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.