Micelio

Artículo 26

El Foro Nacional De Notariado Y Registro Continuará Como Organismo Asesor De La Superintendencia Para Examinar Problemas Del Servicio, Estimular El Desarrollo Del Derecho Notarial Y De Registro, Promover La Colaboración Entre Funcionarios De Notariado Y De Registro, Buscar Un Mayor Desarrollo Profesional De Los Notarios Y De Los Registradores Y Recomendar Medidas Para Mejorar Los Servicios De Notariado Y De Registro

Decreto 1659 de 1978 · Por el cual se establecen la estructura, la organización y las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Foro Nacional de Notariado y Registro continuará como organismo asesor de la Superintendencia para examinar problemas del servicio, estimular el desarrollo del derecho notarial y de registro, promover la colaboración entre funcionarios de notariado y de registro, buscar un mayor desarrollo profesional de los notarios y de los registradores y recomendar medidas para mejorar los servicios de notariado y de registro. El Foro se reunirá por convocatoria del Superintendente, de acuerdo con la reglamentación que se expida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1659 de 1978