T-973 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Jesus Maria Hernandez Sanchez Vs.Municipio Y Contraloria De Municipal De Ibague.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional pago de salarios
- Pago oportuno de salarios
- Autonomía
- Gestión presupuestal y distribución de partidas para pago oportuno de salarios
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia proferido por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral-, del diez (10) de marzo de 2000, por medio de la cual negó el amparo solicitado por el peticionario en el proceso de la referencia. En su lugar, TUTELAR el derecho al trabajo en condiciones dignas del peticionario Jesús María Hernández Sánchez contra el Municipio y la Contraloría de Ibagué.
- Segundo. ORDENAR al Alcalde de Ibagué, que en el término de treinta (30) días provea los recursos necesarios a la Contraloría Municipal, para que ésta pueda cumplir con su obligación de pagar las acreencias laborales.
- Tercero. ORDENAR al Contralor de Ibagué, que en un término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la fecha en la que disponga de los recursos que sitúe la alcaldía, pague los salarios atrasados al actor de la presente tutela.
- Cuarto. PREVENIR a las entidades accionandas para que se apresten a cumplir lo señalado en este fallo, so pena de incurrir en desacato, y para que en lo sucesivo no repitan la omisión que dio origen a la presente acción
- Quinto. REMITIR copia del presente fallo, al Procurador General de la Nación, para los fines señalados en el numeral 8 de la parte motiva de esta sentencia.
- Sexto. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.