Sentencia de Tutela7 de octubre de 2004
T-954 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Exportaciones Bochica S.A. Y Otras Vs. Superintendencia De Sociedades
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso De Sociedades A Las Cuales La Superintendencia No Les Permitio La Contradicción De La Decision Que Les Nego Una Prueba Solicitada Para Sustentar Objeción Al Dictamen Pericial Y La Indebida Valoración Probatoria. Solicita La Decl
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Debido Proceso
- Valoración de pruebas en conjunto
Lealtad Y Buena Fe
- Actuación por las partes y los apoderados
Sancion
- Imposición a las partes y apoderados por actos temerarios o de mala fe
Acción De Tutela
- Protección derechos fundamentales en asuntos jurisdiccionales confiados a las Superintendencias
Superintendencia De Sociedades
- Facultad para tramitar concordato y liquidaciones obligatorias
- No podía resolver sobre las objeciones propuestas sin tener en cuenta la apreciación de pruebas en conjunto
- Debe decretar la nulidad de todo lo actuado y apreciar las pruebas en conjunto
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Civil del H. Tribunal Superior de Bogota el 2 de abril de 2004, para decidir la accion de tutela instaurada por Alvaro Pio Raffo Palau, Exportaciones Bochica S.A. C.I., Flores del Cauca S.A. C.I., Andalucia S.A. C.I., y Agro Bosque S.A. C.I. en cuanto concedio la proteccion al apoderado y a tres de las accionantes; y REVOCAR la decision en cuanto la sociedad Agro Bosque fue excluida del amparo.
- Segundo. CONCEDER a los accionantes la proteccion al debido proceso. En consecuencia el Superintendente Delegado para los Procedimientos Mercantiles de la Superintendencia de Sociedades i) decretara la nulidad de lo actuado en todos los asuntos a partir de las providencias que decidieron las objeciones, graduaron y calificaron los creditos, en todos los procesos concordatarios; ii) resolvera lo anulado nuevamente, con sujecion al ordenamiento constitucional y legal, una vez culminado el debate probatorio y apreciando las pruebas en conjunto, como es debido; y iii) con observancia de las garantias constitucionales de los presuntos contraventores, dara aplicacion al articulo 133 de la Ley 222 de 1995, si lo considera necesario.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
C-415/02Principio De Excepcionalidad En Autoridad Administrativa. Atribución De Facultades JurisdiccionalesC-384/00Acto Administrativo De Superintendencia. Desbordamiento De Competencia JurisdiccionalC-233/97Ley 222/95. Art. 85 No7 ; 93129 Parc.140149 Y 150 No1. Regimen De Procesos Concursales. Codigo De Comercio. Exequibles.C-180/97Dec. 1080/96. Art. 2 No213 Y 17 Parc. 32 Parc 4 No 28 7 No 2 Parc. 8 No 1 Parc. 15 Lit. G) 16 Lit. B) 9 No 1 Parc. Y 14 Parc. 232425 Parc. Y 26. Super-Sociedades. Exequible E Inexequible.C-037/96Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles.
Citada por10
T-527/19Derecho Fundamental A La Salud De Los Menores De Edad Y Derecho A La Educacion De Menores En Situacion De Discapacidad. Obligaciones Del Estado.T-467/19Accion De Tutela Contra Decisiones Dictadas Por La Superintendencia De Sociedades En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales.T-600/17Accion De Tutela Contra Decisiones De La Supersociedades En Ejercicio De Funciones Jurisdiccionales. Improcedencia.SU.773/14Unificación de 2014T-757/09Tutela de 2009T-057/07Tutela de 2007
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.