Micelio
Sentencia de Tutela23 de noviembre de 2010

T-929 de 2010

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Maite Mondragon Arcila·Demandado Coomeva Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Seguridad Social
  • Protección constitucional especial a niños y niñas en relación al suministro de vacunas
Acción De Tutela
  • Improcedencia por no configuración de requisitos establecidos por la jurisprudencia constitucional para acceder a vacunas ni existe incumplimiento de mandato legal por parte de EPS
Derecho A La Salud De Niños Y Niñas
  • Casos en que se desconoce respecto a la aplicación de vacunas a menores
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida digna, igualdad, especial protección a los menores.

La accionante solicita se le aplique a su hija las vacunas de rotavirus y neumococo, la entidad accionada se ha negado a suministrarlas alegando que dichas vacunas solo son suministradas a menores prematuros o de alto riesgo.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho a la salud y a la seguridad social de los niños y las niñas relacionado con el suministro de vacunas, se concluye que en el presente caso no se cumplen los requisitos establecidos por la jurisprudencia constitucional para acceder a las vacunas ni existe el incumplimiento de un mandato legal, por tanto los derechos de la menor no han sido vulnerados.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Roldanillo, que confirmó la decisión del Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal de Roldanillo, mediante la cual se denegó la acción de tutela promovida por la señora Maite Mondragón Arcila, en representación de su menor hija María del Mar Mora Mondragón, contra COOMEVA EPS.
  3. Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.