T-924A de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Hernando Antonio Romero Pereira·Demandado Constructora Riomar Caribe Sas Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no existir perjuicio irremediable que amenace derechos fundamentales en construcción aledaña a vivienda del accionante
- Procedencia por actos que afecten o amenacen derechos fundamentales
- Procedencia de la acción de tutela para evitar un perjuicio irremediable pese a existir otro medio de defensa judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso la Sala tuvo que analizar la posible vulneración de los derechos fundamentales a la vida digna, a la vivienda digna, a la salud, a la tranquilidad y a un ambiente sano y seguro del actor y de su familia, en virtud de una construcción de un edificio en el predio adyacente al que habitan, cuyas obras implican un deterioro de su inmueble.
La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela ante la existencia de otro medio de defensa judicial y sobre la acción constitucional contra particulares.
Se confirma la decisión de instancia que DENEGÓ el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido Juzgado Once Civil del Circuito de Barranquilla, que denegó por improcedente la tutela promovida por Hernando Antonio Romero Pereira contra la Constructora Riomar Caribe S.A.S., Innovadores Urbanos S.A.S., la Alcaldía Distrital de Barranquilla - Secretaría de Control Urbano y Espacio Público- y la Curaduría Urbana No 1 de Barranquilla.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.