Micelio
Sentencia de Tutela25 de octubre de 2002

T-911 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Merlys Acuña Larios Vs. Humana Vivir

Tema · dato duro
Derecho A La Salud E Integridad Fisica De Menor De Edad Con Glaucoma Ocular. Solicitud Practica Cirugia Suministro Medicamentos Y Audifonos Prescritos Por Medico Tratante Adscrito No Incluidos En El Pos. Sisben. Accion De Repeticion. Concedida.
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Revocar el fallo proferido por la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Valledupar el 20 de mayo de 2002, dentro del proceso de la accion de tutela instaurada por Merlys Acuna Larios contra Humana Vivir A.R.S., y en su lugar conceder la proteccion de los derechos a la salud y a la integridad fisica.
  2. Segundo. Ordenar a Humana Vivir A.R.S. que en el termino de diez (10) dias, contados a partir de la notificacion de esta sentencia, se tomen las medidas necesarias, si no se ha hecho aun, para que se suministren a Aura Cristina Benjumea Acuna los medicamentos indicados por el medico tratante, necesarios para atender el padecimiento de glaucoma en ambos ojos, asi como los procedimientos medicos tambien indicados por el para atender dicho padecimiento en los ojos, la cirugia para ano imperforado y la colocacion de audifonos.
  3. Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.