T-905 de 2007
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Xxx Vs. Fondo De Empleados De La Universidad Industrial De Santander Con Citacion Oficiosa De Ace Seguros De Vida
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condiciones de subordinación o indefensión
- Vulneración por no expedición seguro de vida a portadores de VIH
- Deberes específicos para el Estado
- Prohibición de exigir seguro de vida a personas portadoras del VIH
- Protección integral
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad la intimidad la vivienda la vida digna y el libre desarrollo de la personalidad de asociado del fondo pensionado de la universidad que habiendo cumplido con los procedimientos y requisitos exigidos por el fondo para la aprobacion de un credito para vivienda le fue negado en razon de haber resultado positivo como portador de vih y la compañia de seguros negarse a suscribir la poliza de vida exigida por el fondo.solicita se ordene autorizar el credito solicitado.tutela contra particulares.
Procedencia de la tutela contra particulares y escenario concreto frente a la situacion de indefension.
Situacion de vulnerabilidad y debilidad manifiesta de las personas enfermas de vih.
Proteccion constitucional.
El derecho a la vivienda frente a la solicitud de creditos para la adquisicion de las mismas.
Buena fe y deber de solidaridad respecto de las personas en situacion de debilidad manifiesta.
En el presente caso las conductas desplegadas por el fondo denotan que se han violentado los derechos del actor.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (15 puntos)
- Primero. MODIFICAR el fallo proferido por el Juzgado
- Décimo. Civil del Circuito de Bucaramanga de 19 de abril de 2007 dentro del proceso de tutela instaurado por (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX) contra el Fondo de Empleados de la Universidad Industrial de Santander, con citación oficiosa de ACE Seguros de Vida.
- Segundo. CONCÉDASE la protección de los derechos invocados, disponiéndose ORDENAR al Fondo de Empleados de la Universidad de Santander que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, conceda el crédito sin discriminación para vivienda solicitado por el accionante, atendiendo las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. Con el fin de proteger la intimidad del demandante su nombre no podrá ser divulgado.
- Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- JAIME ARAÚJO RENTERÍA
- Magistrado Ponente
- COPIA ORIGINAL FIRMADO
- MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
- Magistrado
- COPIA ORIGINAL FIRMADO
- JAIME CORDOBA TRIVIÑO
- Magistrado
- COPIA ORIGINAL FIRMADO
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.