Micelio
Sentencia de Tutela1 de septiembre de 2004

T-838 de 2004

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Lucila Martinez Vs. Juzgado Cuarenta Y Uno Civil Municipal De Bogota

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Los Derechos Del Menor A La Proteccion Contra Toda Forma De Violencia Y Abandono La Integridad Física Y Moral La Salud Alimentación Educación Cultura Y Recreación Por La Decision Del Juzgado De No Oir A La Accionante En El Proc
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proceso De Restitucion De Bien Inmueble Arrendado
  • Procedencia de tutela para restablecimiento de derechos constitucionales de menor de edad
Via De Hecho En Proceso Civil
  • Juez no hizo llamamiento ex officio para proteger derechos constitucionales de menor de edad
Obligacion Alimentaria
  • Caso en que se cumple permitiendo a la menor y a su madre residir en inmueble
  • Procedimientos legales que permiten hacerla efectiva
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
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Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Levantar los terminos que se encuentran suspendidos.
  2. Segundo. Revocar los fallos proferidos por el Juzgado Veintinueve Civil del Circuito de Bogota y por la Sala Civil del H. Tribunal Superior de esta misma ciudad el 7 de noviembre y el 2 de diciembre de 2003 respectivamente, para decidir la invocacion de amparo constitucional impetrada por Lucila Martinez contra el Juzgado Cuarenta y Uno Civil Municipal de Bogota.
  3. Tercero. Tutelar la garantia constitucional de la actora al debido proceso y los derechos fundamentales de la menor Johanna Alejandra Soto Jimenez a ser protegida contra toda forma de violencia y abandono, a la integridad fisica y moral, a la salud, a la alimentacion, a la educacion y la cultura, y a la recreacion.
  4. En consecuencia la Jueza accionada i) en las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta decision, debera dejar sin valor ni efecto la sentencia proferida el 29 de septiembre del 2003 dentro del proceso de Restitucion de Inmueble Arrendado promovido por Absalon Soto Jimenez contra la actora, y en su lugar ordenara la vinculacion de esta, en calidad de perjudicada con la decision y representante legal de la menor, en los terminos del articulo 58 del Codigo de Procedimiento Civil, y continuara el asunto hasta proferir la decision que corresponda, con pleno respeto de las garantias constitucionales de la actora; y, ii) en el caso de que llegare a prosperar la pretension de restitucion informara al Instituto de Bienestar Familiar, a fin de que designe un defensor de familia que disponga las medidas de proteccion que sean del caso.
  5. Cuarto. Ordenar la remision al Juzgado Cuarenta y Uno Civil Municipal de Bogota del expediente contentivo del proceso de Restitucion de Inmueble Arrendado de Absalon Soto Jimenez contra Lucila Martinez. Oficiese.
  6. Quinto. Secretaria de cumplimiento al articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.