T-820 de 2014
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Julio Orlando Serrano Pinzon·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Civil Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza y desarrollo jurisprudencial
- Amenaza o vulneración por orden de restitución y lanzamiento de inmueble en el cual se presta el servicio educativo
- Se ordena verificar los estados de las licencias de funcionamiento y de los contratos de arrendamientos de las instituciones educativas con el fin de evitar futuras amenazas en el derecho fundamental a
- Desarrollo jurisprudencial de las cargas procesales que limitan el ejercicio en los procesos de restitución de bien inmueble arrendado
- Configuración
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se aduce que las autoridades judiciales demandadas vulneran los derechos fundamentales al trabajo digno y al mínimo vital de los accionantes, así como el de la educación de los estudiantes del Colegio Militar Simón Bolívar, al proferir sentencias dentro de un proceso abreviado de restitución de inmueble arrendado, decretando la terminación del contrato de arrendamiento y ordenando la restitución y el eventual lanzamiento inmediato.
Solicitan la suspensión transitoria de esta orden mientras se decide de fondo el proceso ordinario que está en curso y se reubica la institución en otras instalaciones.
Se analiza temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales; los requisitos generales y especiales de esta procedencia; el derecho fundamental a la educación, su naturaleza y desarrollo jurisprudencial en menores de edad.
La Sala de Revisión encontró un defecto procedimental absoluto en las actuaciones judiciales atacadas y decidió CONCEDER el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias de 19 de marzo y 30 de abril de 2014, proferidas por las Salas de Casacion Civil y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, las cuales denegaron la proteccion impetrada por improcedente. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la educacion.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia de segunda instancia, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C., del 13 de agosto de 2013, dentro del proceso de restitucion de inmueble arrendado tramitado entre la Fundacion Proteccion de la Joven Amparo de Ninas (demandante) y la Sociedad Educadora Simon Bolivar Limitada (demandada).
- TERCERO. ORDENAR a la Defensoria del Pueblo, a la Secretaria de Educacion del Distrito de Bogota D.C. y al Ministerio de Educacion, para que verifiquen los estados de las licencias de funcionamiento y de los contratos de arrendamientos de las instituciones educativas, con el fin de evitar futuras amenazas en el derecho fundamental a la educacion en el marco de procesos abreviados de restitucion de inmueble arrendado.
- CUARTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.