Sentencia de Tutela31 de julio de 2001
T-798 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Fernando Diaz Vallejo Vs. Comcel S.A.·Demandado Sin Información
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Abono Y Rectificacion De Sumas Pagadas Por Servicio De Telefono Fijo A Celular. Emcali. Nulidad Por Falta De Notificacion. Tutela Contra Particulares. Servicios Publicos Domiciliarios. Carencia Actual De Objeto. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Particulares
- Procedencia excepcional
Acción De Tutela
- Hecho superado
- Inexistencia de perjuicio irremediable
- Improcedencia para obtener abono y rectificación de sumas por servicio de telefonía móvil celular
Regimen De Libre Y Leal Competencia Economica
- Servicios no domiciliarios de comunicaciones
Medio De Defensa Judicial
- Reclamación por conducta asumida por Comcel
Servicio De Telefonia Movil Celular
- Naturaleza
Superintendencia De Industria Y Comercio
- Régimen de competencia en servicios no domiciliarios de comunicaciones
Telefonia Movil Celular
- No es servicio público domiciliario
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Yumbo Valle, mediante sentencia del 16 de febrero del 2000, en el proceso de la referencia, con base en las consideraciones expresadas en la presente providencia.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
SU.091/00Tutela Contra Camara De Comercio De Medellin. Construccion Del Metro De Medellin. Designacion Del Amigable Componedor. Tutela Transitoria. Concedida.C-1344/00Ley 555 De 2000. Art. 10 Parag. Prestacion Servicios De Comunicacion Personal Pcs. Competencia Economica Libre Y Leal. Unidad De Materia. Exequible Excepto Frase.T-306/94Ders. Colectivos. Servicios Publicos Domiciliarios. Suministro De Agua Potable. Negada.T-290/93Regulacion De Visitas. Derechos Fundamentales De Los Niños. Tutela Contra Providencias Judiciales. Concedida.T-225/93Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada.T-161/93Reserva De Historia Clinica. Derecho A La Intimidad. Concedida
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.