T-786 de 2007
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Rafael Torres Torres Vs. Juzgado Primero Penal Del Circuito De Pitalito - Huila
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter extraordinario
- Objetivo
- Inexistencia
- Elementos para que se configure
- Requisitos generales de procedibilidad
- Procedencia
- Requisitos especiales de procedibilidad
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la libertad la dignidad el debido poceso y la familia de persona condenada por los delitos de homicidio agravado y hurto calificado y agravado habiendo sido juzgado como persona ausente con errores en el procedimiento de identificacion y de individualizacion del responsable de los delitos habiendo presentado accion de revision ante la corte suprema de justicia.solicita se ordene su libertad inmediata.accion de tutela contra providencias judiciales.
Procedencia excepcional de la accion de tutela contra decisiones judiciales.
El caracter subsidiario de la accion de tutela y la accion de revision como mecanismo de defensa judicial idoneo y eficaz.
La necesidad de agotar todos los medios de defensa judiciales previstos por el ordenamiento juridico.
Improcedencia de la tutela en el caso concreto por la disposicion de un mecanismo de defensa judicial que se encuentra en tramite.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR por los motivos expuestos en la parte considerativa de esta decisión el fallo proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que declaró improcedente la acción de tutela.
- Segundo. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.