Sentencia de Tutela13 de septiembre de 2002
T-753 de 2002
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Jose Rafael Sarria Martinez Vs. Saludcoop
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Seguridad Social Persona De La Tercera Edad. Suministro Audifonos Prescritos Por Medico Tratante No Incluidos En El Pos. Accion De Repeticion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud
- Fundamental por conexidad con la vida
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
- Suministro de audífonos por EPS
Plan Obligatorio De Salud
- Suministro de audífonos
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Popayan el seis (06) de mayo de 2002.
- Segundo. CONCEDER la tutela interpuesta. En consecuencia, ORDENAR a SaludCoop E.P.S. que en el termino de tres (3) dias contados a partir de la notificacion de esta providencia, inicie las acciones necesarias para proporcionar al accionante los audifonos que requiere, los cuales deberan ser entregados en un termino maximo de dos (2) meses contados a partir de la notificacion del presente fallo.
- Tercero. AUTORIZAR a SaluCoop E.P.S. para que repita contra el FOSYGA por el costo de los medicamentos proporcionados al beneficiario de la tutela de la referencia. El FOSYGA dispondra de quince (15) dias para reconocer lo debido o para indicar la fecha maxima dentro de la cual lo hara y, luego, dara cumplimiento a la obligacion reconocida.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-1204/00Derecho A La Salud Y A La Vida. Tratamientos Excluidos Del Pos. Concedida.T-260/98Der. A La Salud Y A La Vida. Intervencion Quirurgica Oftalmologica Por Caprecom. Concedida.SU.039/98Der. A La Salud. Der. A La Vida E Integridad Personal. Preexistencias. Salud Colmena E.P.S. Tratamiento Medico Asistenciales. Concedida.SU.480/97Der. A La Salud Y A La Vida. Relacion Estado E.P.S.. Continuidad En Servicio De Salud. Suministro De Medicamentos. Sida. Concedida Parcialmente.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.