Micelio
Sentencia de Tutela14 de julio de 2005

T-748 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Ana Elisa Coronado Acosta Vs. Corte Suprema De Justicia

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevención En Tutela
  • Derecho de acudir ante juez unipersonal o colegiado para interponer tutela contra actuaciones de salas de casación de la Corte Suprema de Justicia
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional por vía de hecho
Derecho Al Debido Proceso
  • No vulneración por sentencia de la Corte Suprema de Justicia por tener fundamento legal
Despido Colectivo De Trabajadores Oficiales
  • Debe existir autorización previa del Ministerio del Trabajo
  • Se debió aplicar tesis que protege el derecho colectivo del trabajo
Proceso De Constitucionalizacion Del Derecho
  • Cuando existen dos interpretaciones jurisprudenciales se debe escoger la tesis que esté mas ajustada o sea más conforme con la Constitución
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la igualdad y al libre acceso a la administración de justicia de trabajadora al servicio de la previsora compañía de seguros afialida al sindicato que fue objeto de despido colectivo razon por la que instauro demanda laboral en el que fue absuelta la empresa y el fallo no fue casado.

Solicita el reintegro al cargo y el pago de los salarios y demas prestaciones legales y convencionales dejadas de percibir.

Competencia del consejo seccional de la judicatura de cundinamarca para conocer la presente accion de tutela.

Carácter excepcional de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Procedencia cuando se incurre en una via de hecho.

Es importante precisar que esa doctrina de la via de hecho no puede ser aplicada por los jueces con demasiada prontitud y de manera indiscriminada sino que el estudio correspondiente debe ser meticuloso pues no basta para alegar una posible via de hecho la existencia de cualquier irregularidad sino que la conducta desplegada por el funcionario judicial debe ser de tal gravedad e ilicitud que estructuralmente pueda ser calificada como una via de hecho.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. CONFIRMASE la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 16 de febrero de 2005, que a su vez decidio confirmar la decision de primera instancia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, mediante fallo del 17 de enero de 2005 que denego la accion de tutela instaurada por Ana Elisa Coronado Acosta contra la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por las consideraciones expresadas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por7
T-129/08T-1104/08Tutela de 2008T-147/07Tutela de 2007A. 299/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1097/05 Por Considerarla Violatoria Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso Y Por Que La Sentencia Incurre En Vias De Hecho Por Defecto Organico, Por Error En El Procedimiento Y Por Desconocimiento De La Constitucion. Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad Que Se Formulan Contra Las Sentencias De La Corte Constitucional. Criterios Normativos Y Jurisprudenciales De Aplicacion. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia Proferida Por Esta Corporacion Solo Esta Llamada A Prosperar Cuando Quien Propone El Incidente Logra Acreditar El Cumplimiento De Los Requisitos Formales Y Sustanciales. RechazadaA. 207/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1133/05 Por Considerar Que La Decision De La Sala De La Corte Incurrio En Una Irregularidad Que Afecta El Debido Proceso, Irregularidad Significativa Que Influyo Directamente Y De Forma Sustancial En La Decision Adoptada, Pues Desconocio Que El Articulo 67 De La Ley 50 De 1990 Derogo El Articulo 40 Del Decreto 2351 De 1965 E Ignoro La Existencia De La Resolucion No.002785 Del 27 De Diciembre De 2000 Con La Que El Ministerio Del Trabajo Y Seguridad Social Califico Como Despido Colectivo La Desvinculacion De Trabajadore Oficiales De La Previsiora S.A. Término Para La Presentación De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Lo Que Se Pretende Con El Incidente Es Revivir Un Debate Sobre Los Mismos Puntos, Que Ya Fue Zanjado En La Sentencia. No Es Ese El Fin Del Incidente De Nulidad. Por Otra Parte, Es Claro Que La Demandante No Comparte Las Consideraciones De La Sala De Revisión. Pero El Hecho De Que Ella No Participe De Las Conclusiones De La Sentencia No Significa Que Ella Deba Ser Declarada Nula. NegadaA. 053/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-748/05. Antecedentes De La Accion De Tutela. Fundamentos De La Solicitud De Nulidad: La Corte Suprema De Justicia Incurrio En Una Via De Hecho Al Aplicar Una Norma Derogada, Usurpar Competencias Y Basarse En Un Hecho Inexistente. Termino Para La Presentacion De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Principio De Preclusion. La Corte Ha Reiterado Que La Solicitud De Nulidad Debe Ser Interpuesta Dentro De Los Tres (3) Dias Siguientes A La Notificacion Del Fallo. Extemporaneidad De La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-748/05. Rechaza Por Extemporanea La Solicitud De Nulidad
Ver las 7

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.