T-748 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Ana Elisa Coronado Acosta Vs. Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho de acudir ante juez unipersonal o colegiado para interponer tutela contra actuaciones de salas de casación de la Corte Suprema de Justicia
- Procedencia excepcional por vía de hecho
- No vulneración por sentencia de la Corte Suprema de Justicia por tener fundamento legal
- Debe existir autorización previa del Ministerio del Trabajo
- Se debió aplicar tesis que protege el derecho colectivo del trabajo
- Cuando existen dos interpretaciones jurisprudenciales se debe escoger la tesis que esté mas ajustada o sea más conforme con la Constitución
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso la igualdad y al libre acceso a la administración de justicia de trabajadora al servicio de la previsora compañía de seguros afialida al sindicato que fue objeto de despido colectivo razon por la que instauro demanda laboral en el que fue absuelta la empresa y el fallo no fue casado.
Solicita el reintegro al cargo y el pago de los salarios y demas prestaciones legales y convencionales dejadas de percibir.
Competencia del consejo seccional de la judicatura de cundinamarca para conocer la presente accion de tutela.
Carácter excepcional de la accion de tutela contra providencias judiciales.
Procedencia cuando se incurre en una via de hecho.
Es importante precisar que esa doctrina de la via de hecho no puede ser aplicada por los jueces con demasiada prontitud y de manera indiscriminada sino que el estudio correspondiente debe ser meticuloso pues no basta para alegar una posible via de hecho la existencia de cualquier irregularidad sino que la conducta desplegada por el funcionario judicial debe ser de tal gravedad e ilicitud que estructuralmente pueda ser calificada como una via de hecho.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMASE la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 16 de febrero de 2005, que a su vez decidio confirmar la decision de primera instancia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, mediante fallo del 17 de enero de 2005 que denego la accion de tutela instaurada por Ana Elisa Coronado Acosta contra la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por las consideraciones expresadas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.