Micelio
Sentencia de Tutela30 de septiembre de 2014

T-738 de 2014

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Libardo Simancas Torres·Demandado Contraloria Departamental De Bolivar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra La Contraloria General De La Republica
  • Improcedencia por existir el mecanismo de defensa ante la jurisdicción contencioso administrativa en proceso de responsabilidad fiscal y por no existir perjuicio irremediable
Proceso De Responsabilidad Fiscal
  • Observancia de garantías y principios
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

Considera el actor que la Contraloría Departamental de Bolívar vulneró sus derechos fundamentales al declararlo responsable fiscalmente, porque los recursos destinados al rubro de la salud pública no fueron utilizados en su totalidad, sin haberse demostrado un detrimento patrimonial como consecuencia de sus actuaciones como Gobernador del Departamento de Bolívar.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

El proceso de responsabilidad fiscal y el respeto a las garantías constitucionales en su desarrollo. 2º.

La acción de nulidad y restablecimiento del derecho como mecanismo idóneo principal de defensa en los precitados procesos y, 3º.

La improcedencia, como regla general, de la acción de tutela contra decisiones proferidas en el curso de los procesos de responsabilidad fiscal, salvo que se esté ante la inminencia de un perjuicio irremediable.

Se declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR por las razones expuestas en esta providencia, la Sentencia proferida el diez (10) de febrero de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Turbaco, Bolivar, y, en su lugar, declarar la improcedencia de la accion de tutela interpuesta por el senor Libardo Simancas Torres contra la Contraloria Departamental de Bolivar.
  2. SEGUNDO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.