Micelio
Sentencia de Tutela10 de julio de 2001

T-736 de 2001

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Blanca Nubia Sanchez Serrano Galvan Vs. Iss Tolima·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Pago De Licencia De Maternidad. La Empleadora No Se Encontraba En Mora En El Pago De Los Aportes Al Iss. Sino En El Pago De Los Intereses Causados. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
Empleador
  • Mora en pago de intereses por pago tardío en aportes a EPS
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos objeto de revisión adoptados por el Juzgado
  2. Quinto. Civil del Circuito de Ibagué el 1º de diciembre de 2000, y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, Sala Civil, el 25 de enero de 2001, en razón de la acción de tutela promovida por BLANCA NUBIA SÁNCHEZ SERRANO contra el INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL, SECCIONAL TOLIMA.
  3. Segundo. CONCEDER la tutela impetrada para proteger los derechos fundamentales al mínimo vital y del hijo recién nacido, vulnerados por el Instituto de Seguro Social, Seccional Tolima. Por ende, se ordena al representante legal de dicha seccional, o a quien haga sus veces, que dentro del perentorio término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación personal de esta providencia, proceda a pagar la prestación económica de licencia por maternidad a que tiene derecho la señora SÁNCHEZ SERRANO. El juez de primera instancia verificará el cumplimiento de la orden.
  4. Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.